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Bono Social Conectividad Digital

¿Qué es el Bono Social de Conectividad Digital?

El Bono Social de Conectividad Digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbps, para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables.

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¿Cuales son los requisitos?

Para beneficiarse de este Bono Social, se debe de tener la condición de personas consumidoras de Castilla-La Mancha vulnerables severas, que sean beneficiarias del Bono Social Térmico de 2021 o del Bono Social Térmico de 2022.

Solamente se podrá conceder un Bono Digital por persona física y por unidad familiar y vivienda, para la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbps.

Si sigue teniendo dudas, póngase en contacto con su profesional de atención social de referencia(Servicios Sociales de Atención Primaria).

¿Cómo lo solicito?

Las personas titulares de unidades familiares beneficiarias del Bono Social Térmico en el año 2021 o del Bono Social Térmico de 2022 y que hubieran sido valoradas como vulnerables severas y que estén interesadas en el Bono Social de Conectividad Digital, podrán dirigirse a los Operadores Colaboradores de Telecomunicaciones a través de alguno de los siguientes medios:

  • Por teléfono, a través del número facilitado por el operador colaborador. 
  • En las oficinas comerciales del operador colaborador.
  • A través de la dirección de correo electrónico que facilite el operador colaborador.
  • A través de la página web del operador colaborador.

En todo caso, la persona interesada deberá remitir el formulario debidamente cumplimentado y su DNI o documento equivalente, otorgando la debida representación al operador colaborador por alguno de los medios recogidos en este apartado, así como  autorizar la cesión de datos al operador colaborador.

Novedad

7 de febrero de 2023

  • Recordar que se podrá solicitar el Bonos Social de Conectividad Digital hasta el 31 de marzo de 2023. Acude a alguno de los operadores adheridos y que te realicen la tramitación. El proceso es rápido y sencillo.

 

9 de marzo de 2023

  • Con respecto al periodo de aplicación del Bonos Social de Conectividad Digital, en principio se estableció un plazo de finalización para su aplicación del 31/12/2023. A la vista de las aclaraciones efectuadas por la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones, indicar que todos los bonos concedidos tendrán una duración de 12 meses, pudiéndose extender mensualidades a 2024.

 

29 de Marzo para 2023

  • Se ha ampliado el plazo para la presentación de solicitudes del Bono Social de Conectividad Digital. Se establece como nuevo plazo el 31 de Agosto de 2023.
  • También se ha ampliado el colectivo de personas susceptibles de solicitarlo, incluyendo también a las personas vulnerables severas titulares del Bono Social Térmico de 2022.

 

4 de abril de 2023

  • Se ha habilitado un servicio de atención telefónica para cuestiones y dudas referentes al bono, 925 26 89 08, en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.
  • También se ha habilitado un correo electrónico, bono_social_conectividad@jccm.es, donde podrá remitir todas las cuestiones o dudas que le puedan surgir.

Dudas frecuentes

Si usted es beneficiario del Bono Social Térmico del 2021 o del Bono Social Térmico de 2022 y su familia está valorada como Vulnerable Severa, también lo es del Bono Social de Conectividad Digital.

Para más información, consulta con los profesionales de atención social de su zona.

Si desa conocer la normativa legal, debe cumplir con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.

No es necesario estar previamente dado de alta en nigún operador colaborador.

Si desea obtener más información, puede contactar en el teléfono 925 26 89 08, en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes,  o mediante correo eléctronico; bono_social_conectividad@jccm.es

Puede contratar con el operador colaborador, cualquier tipo de servicio de conectividad. No obstante, los únicos servicios que será subvencionables por el Bono Social de Conectividad Digital, serán los nuevos servicios de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbs por segundo en sentido descendente en condiciones de hora punta. (“under peak time conditions”)

Se entiende por “velocidad en condiciones de hora punta” la velocidad que se espera alcancen los usuarios finales en el momento del día -con una duración típica de una hora- en la que la carga de red suele ser máxima.

No es necesario estar previamente dado de alta en nigún operador colaborador.

El coste de los servicios dependerá de los servicios contratados por el operador colaborador. Puede consultar las tarifas mediante los enlaces facilitados por los Operadores Colaboradores.

No obstante, la parte de los servicios contratados que será subvencionable por el Bono Social de Conectividad Digital únicamente será los servicios de conexión a banda ancha desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30Mbps en sentido descendente.

El Bono Social de Conectividad Digital financiará los servicios de conexión a banda ancha desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30Mbps por un año.

El importe del bono serán por un máximo de 240€ e implicará la minoración de la factura mensual en 20€ para esos servicios.

Los operadores-colaboradores tienen la obligación de mantener las condiciones de contratación iniciales durante un año adicional, aunque ese año adicional no podrá ser subvencionado por el Bono Social de Conectividad Digital, es decir, tendrá que abonarse al operador colaborador en su totalidad.

El nuevo servicio de conexión a banda ancha o el incremento de velocidad del servicio ya contratado deberá mantenerse por un período mínimo de un año, contado desde la fecha de alta en el servicio o incremento de la velocidad.

En ningún caso la contratación del servicio conllevará para las personas beneficiarias ningún tipo de penalización adicional por la baja en el servicio objeto de la ayuda antes del transcurso del año.

Sí, si se tiene una velocidad contratada inferior a 30Mbps, y se cambia a una velocidad igual o superior a 30Mbps.

El domicilio de instalación de la nueva conexión deberá estar ubicado en el territorio de Castilla-La Mancha, y obligatoriamente será la vivienda familiar que hubiera sido considerada en el Bono Social Térmico de 2021 o en el Bono Social Térmico de 2022.

Con Acceso fijo indicamos que la línea estará en una ubicación fija en el domicilio familiar, y con un caudal o ancho de banda de 30 Mbps.

Por ejemplo, una sesión de cualquier aplicación de videoconferencia que se pueda usar para una clase virtual, necesita entre 1,2 Mbps y 10 Mbps.

Si una vez concedido el Bono Social de Conectividad Digital, se desea cambiar de operador colaborador , se debe informar a la Dirección General de Cohesión Territorial, adjuntando tanto el contrato con el operador colaborador actual como los datos del nuevo operador colaborador .

Si ha sido beneficiario del Bono Social Térmico en 2021 o del Bono Social Térmico de 2022, y su familia ha sido valorada como vulnerable severa y sigue teniendo dudas, por favor contacte con su profesional de atención social de referencia en su zona(Servicios Sociales de Atención Primaria).

En el caso de que su familia NO haya sido valorada como vulnerable severa, pongase en contacto con su profesional de atención social de referencia en su zona, porque puede haber otras ayudas a las que podria acogerse usted.